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Reconocimiento médico de la Ertzaintza: el cuadro de exclusiones explicado

Por Equipo EvoPrest

Actualizado el 26 de octubre de 2026. El cuadro de exclusiones médicas es el del Decreto 142/2022, al que remiten las bases de la Promoción 35 de la Ertzaintza (BOPV n.º 226, de 24 de noviembre de 2025). Cuando se publiquen las bases de la Promoción 36, revisaremos esta página.

El reconocimiento médico no da puntos, pero puede excluirte en cualquier momento del proceso, también durante el curso de Arkaute y las prácticas. Lo que cuenta es el cuadro de exclusiones médicas del Decreto 142/2022. Estas son sus causas principales.

Cuándo y cómo se comprueba

  • En cualquier momento. La Academia puede comprobar que no estás en el cuadro de exclusiones durante todo el proceso. En el curso y las prácticas, o al terminarlos, te pueden hacer las pruebas médicas que hagan falta.
  • Antes de nombrarte. Si al seleccionarte se ve que estás en alguna causa de exclusión, no te nombran funcionario o funcionaria en prácticas.
  • Quién decide. Un Tribunal Médico, con presidencia, dos vocales y secretaría, emite informes motivados y te da audiencia antes de excluirte. Si estás de baja (incapacidad temporal), puede aplazar tus pruebas.
  • Cómo. Con un cuestionario de salud y las exploraciones necesarias, incluida una analítica de sangre y orina con detección de drogas y, cuando así se establezca, de alcohol.
  • Ojo con el cuestionario. Omitir o falsear cualquier dato de salud o tratamiento es, en sí mismo, causa de exclusión.

Medidas del cuerpo

  • Índice de masa corporal (IMC): quedan excluidas las personas con un IMC inferior a 18 o superior a 28 y un porcentaje de grasa corporal superior al 23 % en hombres o al 31 % en mujeres, medido con bioimpedancia. Se puede aceptar un IMC superior a 28 si se debe claramente a masa muscular y no a grasa.
  • Estatura: queda excluido quien no supere el percentil 5 de estatura de la población laboral estatal, según los últimos datos del INE. Esto sustituye a la antigua altura mínima de 1,65 y 1,60.

Vista

  • Agudeza visual mínima de 7/10 en cada ojo, con o sin corrección. Puedes usar gafas o lentillas.
  • Cirugía refractiva: se valora según su resultado, y la operación tiene que haberse hecho al menos 60 días antes del reconocimiento.
  • Visión de los colores: cualquier alteración, en cualquier grado, es causa de exclusión. Se detecta con las láminas de Ishihara u otras pruebas.
  • Campo visual: también excluyen ciertos escotomas (zonas sin visión) en la parte central del campo visual.

Oído, nariz y garganta

  • Pérdida auditiva de más del 20 % en las frecuencias de 500, 1.000, 2.000 y 3.000 Hz, en los dos oídos o en uno.
  • Alteraciones del olfato, apnea del sueño, vértigos, disfonías permanentes y disartria.

El resto del cuadro, por áreas

El decreto recorre las principales especialidades médicas. En casi todas, la regla general es la misma: queda excluido cualquier proceso que, a juicio del tribunal médico, limite el desempeño de la función policial. Algunos ejemplos concretos del texto:

  • Sistema nervioso: epilepsia o antecedentes de epilepsia, temblor y tartamudez que limite la función.
  • Psiquiatría: trastornos mentales que limiten la función policial, antecedentes graves, y consumo de drogas o alcoholismo.
  • Traumatología: escoliosis de más de 15°, cifosis de más de 45°, diferencias de longitud entre las piernas de 2 cm o más y ciertas amputaciones de dedos de la mano.
  • Corazón y circulación: insuficiencia cardiaca, trastornos del ritmo con importancia clínica y tensión arterial que requiera tratamiento.
  • Riñón y aparato urinario: falta de un riñón, insuficiencia renal y otras alteraciones.
  • Aparato respiratorio: asma bronquial persistente y neumotórax repetido sin operar, entre otras.
  • Piel: cicatrices o lesiones que limiten la función o sean incompatibles con el uniforme o el equipo.
  • Otros: medicación o drogas que reduzcan la capacidad de reacción. Las enfermedades endocrinas, oncológicas, inmunológicas e infecciosas se valoran caso a caso con informe médico.

La lista completa y su redacción exacta están en el anexo del Decreto 142/2022, enlazado abajo.

Nuestro consejo

Lee el cuadro antes de invertir meses en prepararte, sobre todo si llevas gafas, te has operado la vista o tienes alguna duda sobre la visión de los colores. Y si tienes una patología concreta, consúltala con tu médico teniendo delante el texto del decreto: esta página resume, pero no sustituye a una valoración médica.

Si todo está en orden, lo siguiente es ponerte con las pruebas. Tienes la hoja de ruta completa en La oposición, explicada paso a paso.

Preguntas frecuentes

¿Se puede entrar en la Ertzaintza siendo daltónico?

Según el Decreto 142/2022, no: la alteración de la visión de los colores, en cualquier grado, es causa de exclusión médica.

¿Puedo entrar si me he operado de miopía?

Sí, siempre que el resultado cumpla el cuadro médico y la operación se haya hecho al menos 60 días antes del reconocimiento.

¿Cuál es el IMC máximo para la Ertzaintza?

Excluye un IMC superior a 28 (o inferior a 18) cuando además el porcentaje de grasa supera el 23 % en hombres o el 31 % en mujeres. Un IMC alto por masa muscular se puede aceptar.

¿Cuándo es el reconocimiento médico?

Las bases no fijan una fecha: la Academia puede comprobarlo en cualquier momento del proceso, incluidos el curso y las prácticas.

Fuentes oficiales

EvoPrest es una plataforma privada de preparación, sin vinculación con la Academia Vasca de Policía y Emergencias, la Ertzaintza ni los ayuntamientos. Esta página no es consejo médico.